EXENCIONES DE F.C.T.

  • ¿QUÉ ES?

No tener que realizar la Formación en Centros de Trabajo (prácticas en empresa) aquellos alumnos que tengan una experiencia laboral previa.

  • ¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Pueden solicitarlo aquellos alumnos que tengan una experiencia laboral de, al menos un año, en tareas propias al contenido del ciclo que se está estudiando.

  • ¿CUÁNDO DEBO SOLICITARLO?

La exención del módulo profesional FCT requerirá la matrícula previa del alumno, en alguno de los casos previstos en el artículo 2 de la Orden de 26 de octubre de 2009, de la Consejería de Educación Cultura y Deporte, en un centro docente autorizado para impartir las enseñanzas del ciclo formativo.

  • ¿QUÉ PASOS TENGO QUE REALIZAR?

1º.- Descargar y rellenar el impreso de solicitud de exención de la FCT

2º.- Entregar el original del impreso debidamente cumplimentado y FIRMADO en la secretaría del centro o enviarlo por correo ordinario. Aportando obligatoriamente la siguiente documentación:

       Acreditación de experiencia laboral, correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, relacionado con los estudios profesionales respectivos, mediante la certificación de la empresa, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

 

□    Para el caso de Autónomos, certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año y una declaración del interesado con las actividades más representativas.

3º.- El Director del centro resolverá y podrá autorizar la exención, que se comunicará por escrito al alumno y al tutor.

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